Formas de disfrute del permiso de lactancia

Una de las dudas más comunes entre los padres y madres es sobre cómo hacer uso del disfrute del periodo de lactancia. En este artículo intentaremos aclarar las diferentes formas de disfrute. El permiso por lactancia, regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los trabajadores, concede una hora de permiso por cada hijo (en los partos múltiples se amplía proporcionalmente a no ser que el convenio colectivo establezca lo contrario) hasta que cumplan los 9 meses de edad (el día antes). Contempla tanto la lactancia natural como artificial. bebe-biberon ¿De qué formas puede disfrutarse? Si se disfruta diariamente:

  • Al principio o final de la jornada de trabajo

Puedes decidir disfrutar de esta hora al comienzo o finalización de la jornada laboral, pero en este caso el permiso se reduce a media hora. ¿Por qué razón? Porque los Tribunales de justicia interpretan que si se disfruta al comienzo o final de la jornada tiene consideración de reducción de jornada. Si se trabaja a jornada partida (mañana/tarde) la hora de inicio se corresponde con el inicio de la mañana y la hora de fin con la hora de salida a la tarde.

  • En dos medias horas separadas

Por ejemplo media hora antes de la salida de la mañana y media hora antes del comienzo de la tarde.

  • En una hora seguida

Por ejemplo, una hora antes de la finalización de la jornada de la mañana o el inicio de la jornada de la tarde, o en cualquier franja de la jornada que no coincida con el inicio y el final que se ha comentado anteriormente. Además esta hora no tiene por qué ser fija en el horario, puedes variarla según tus necesidades. El permiso se puede acumular Si el convenio colectivo lo permite la lactancia puede acumularse en jornadas completas. Si no lo recoge se debe llegar a un acuerdo con la empresa para poder acumularlo. ¿Cuántos días suelen corresponder? Generalmente son 14 días y los suele fijar el convenio colectivo de aplicación. En el caso de que no se recoja en el convenio puedes realizar el cálculo:

  • Nº Días laborables – sin contar festivos y días libres semanales – de aplicación (desde el día siguiente al que finaliza la baja por maternidad hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses). Anota el número de días al que vamos a llamar DLA.
  • Nº de horas trabajadas diariamente. Anota el número al que llamaremos HT

Así   DLA/HT = nº días laborables a los que tienes permiso

Si tu parte ha sido múltiple, multiplica esta cifra por el número de hijos/as.*
* A no ser que el convenio colectivo indique lo contrario

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